La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una sentencia definitiva que pone orden en el complejo reparto de facultades entre los estados y la federación. El fallo emitido este 9 de junio de 2026, en la controversia constitucional 255/2025, aclara que no todo lo que sucede en territorio estatal puede ser regulado por las leyes locales, especialmente cuando se trata de la supervivencia y estabilidad de todo el país.Este caso surgió a raíz de ciertas disposiciones en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California. Los legisladores locales intentaron establecer sus propios criterios para reservar información bajo el concepto de seguridad nacional, acción que la máxima autoridad judicial del país ha frenado de inmediato por considerar que invade competencias exclusivas del gobierno federal.Para entender la magnitud de esta decisión, debemos remitirnos al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En su fracción XXIX-M, nuestra carta magna es tajante al señalar que corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión expedir leyes en materia de seguridad nacional. Esto significa que los estados no tienen facultad para definir qué es una amenaza ni cómo se debe manejar la información sensible relacionada con este tema.
El Pleno de la Suprema Corte explicó que la seguridad nacional no es un concepto que pueda interpretarse de forma distinta en cada una de las 32 entidades federativas. Imaginar que cada estado tuviera su propia definición de riesgo para la soberanía nacional crearía un caos administrativo y pondría en peligro la integridad de todo el territorio. Por ello, los criterios deben ser uniformes y aplicados por igual desde Tijuana hasta Cancún.
Específicamente, los ministros declararon la invalidez de una parte del artículo 4 de la ley bajacaliforniana. Esta porción normativa pretendía que las reservas de información se hicieran conforme a los términos establecidos por la ley estatal, lo cual es incorrecto. La reserva de información por motivos de seguridad nacional ya tiene sus propios mecanismos de control y límites temporales definidos en leyes federales que los estados deben respetar sin añadir sus propias reglas.
También fue invalidada la fracción X del artículo 8 de la misma ley local. En este apartado se mencionaba la seguridad nacional como una justificación propia del estado para no entregar información pública. La Corte determinó que, al permitir que una ley estatal gestione este concepto, se abre la puerta a que las autoridades locales identifiquen riesgos y definan amenazas según sus propios intereses, lo cual choca directamente con la potestad federal.
La seguridad nacional involucra aspectos fundamentales como la protección de la soberanía, la independencia y la integridad del territorio mexicano. Estos no son asuntos que un congreso estatal pueda legislar, ya que una amenaza en Baja California puede tener repercusiones en la estabilidad de toda la nación. Por tanto, el manejo de esta información debe seguir estrictamente lo dictado por la Ley Federal de Seguridad Nacional y la Ley General de Transparencia.
El fallo de la Corte asegura que el Estado mexicano mantenga su estabilidad institucional y la continuidad de sus funciones sin interferencias regionales. Si un ciudadano solicita información en Baja California, los límites para entregarla no pueden ser inventados por el gobierno estatal bajo la etiqueta de “seguridad nacional”, sino que deben alinearse con lo que la federación ya ha establecido para proteger al país.Esta resolución es un triunfo para el derecho al acceso a la información bajo reglas claras. Al eliminar estas porciones de la ley estatal, se garantiza que no se abuse del concepto de seguridad nacional para ocultar datos que deberían ser públicos. Los mecanismos de reserva ahora quedan protegidos bajo el paraguas de leyes generales, evitando que la opacidad se disfrace de protección soberana a nivel local.Los ministros enfatizaron que el Congreso de la Unión es el único órgano facultado para determinar el manejo de la información asociada a potestades fundamentales. Esto incluye decidir cuándo y por cuánto tiempo se puede reservar un expediente que afecte la estabilidad del país. Baja California, al intentar legislar sobre esto, estaba sobrepasando su autonomía y entrando en un terreno que constitucionalmente le está prohibido pisar.
Es importante que la ciudadanía comprenda que la soberanía de los estados tiene límites muy claros. El federalismo mexicano funciona mediante un reparto de tareas donde ciertos temas, por su naturaleza crítica, deben estar centralizados en un solo mando legislativo. La seguridad nacional es, quizá, el ejemplo más puro de una materia que requiere una visión de conjunto y no una visión fragmentada por fronteras estatales.
Para el habitante común de Baja California, esto significa que sus autoridades no podrán usar leyes locales para negar información argumentando una “seguridad nacional” propia del estado. Las razones para reservar documentos deben ser válidas en todo México y estar justificadas bajo los estándares nacionales más altos, lo que reduce el margen de arbitrariedad que suelen tener los gobiernos estatales al responder solicitudes de transparencia.
La controversia 255/2025 deja una lección para todos los congresos locales del país. Legislar en materia de transparencia requiere un cuidado extremo para no tocar fibras que pertenecen exclusivamente a la federación. Muchos estados, en su afán de actualizar sus leyes, terminan copiando conceptos federales o intentando adaptarlos a su realidad, pero en temas de seguridad, la adaptación está prohibida por la Constitución.
La uniformidad en los mecanismos de control es lo que da certeza jurídica. Si una empresa o un colectivo ciudadano busca entender cómo se protege una zona estratégica, debe saber que las reglas son las mismas sin importar en qué estado se encuentre. La decisión de la Suprema Corte fortalece este principio de igualdad ante la ley y evita que la seguridad nacional se convierta en un concepto elástico que cada gobernador use a su conveniencia.
El equilibrio entre transparencia y seguridad es delicado. Por un lado, todos queremos saber qué hace el gobierno con nuestros recursos, pero por otro, existen datos cuya revelación podría facilitar ataques a la infraestructura o comprometer la integridad del territorio. Ese balance solo puede ser calibrado por la federación, que tiene la visión completa de los riesgos que enfrenta México ante el mundo y de manera interna.Con esta sentencia, Baja California deberá ajustar su Ley de Transparencia y eliminar las referencias que la Corte ha señalado como inválidas. Es un proceso de depuración legislativa necesario para que el sistema jurídico mexicano sea coherente. El estado sigue teniendo facultades para promover la apertura institucional, pero siempre dentro del marco de su competencia, sin invadir las tareas que le corresponden al centro del país.
El mensaje de la Suprema Corte es una señal de fortaleza institucional. En un sistema democrático, el respeto a las competencias es lo que evita el autoritarismo y la desorganización. La federación identifica los riesgos, define las amenazas y determina el manejo de la información, mientras que los estados deben enfocarse en sus propias tareas de seguridad pública y administración local sin cruzar la línea hacia la seguridad nacional.
Este fallo se suma a una serie de resoluciones donde la Corte ha tenido que corregir a diversas entidades federativas que intentan expandir sus facultades de reserva de información. La transparencia es la regla general y la reserva es la excepción; cuando esa excepción se maneja mal, se pone en riesgo el derecho de todos los mexicanos a vigilar a sus gobernantes de manera efectiva y fundamentada.Finalmente, el fortalecimiento del federalismo no se logra quitándole poder al centro en materias críticas, sino respetando el orden que la propia Constitución establece. Baja California ahora tiene una ley más limpia y acorde con el pacto federal. La seguridad de todos los mexicanos, desde la península hasta el sureste, sigue estando bajo una sola ley y una sola visión estratégica, tal como debe ser en una nación unida y soberana.
La decisión de los ministros este 9 de junio de 2026 será recordada como un punto de inflexión en la defensa de la uniformidad constitucional. No se trata de un castigo al estado, sino de un ajuste necesario para que el engranaje del acceso a la información funcione correctamente. La transparencia gana terreno al quedar claro que los candados que se le pongan deben ser iguales para todos y estar justificados por el bien de la nación entera.
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