TENEJAPA, CHIAPAS. En un fallo histórico que fortalece el federalismo cultural en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la facultad constitucional del Estado de Hidalgo, para declarar a la Charrería, como Patrimonio Cultural Inmaterial. Esta resolución, dictada el 26 de febrero de 2026, pone fin a la controversia sobre quién tiene la competencia para proteger las tradiciones que dan identidad a las regiones del país.
EL FALLO EN TERRITORIO CHIAPANECO
Durante una Sesión Extraordinaria, celebrada en el Municipio de Tenejapa, Chiapas, el Pleno de la Corte analizó la Controversia Constitucional 200 2024. El fondo del asunto radicaba en determinar si el Congreso de Hidalgo había invadido facultades federales, al emitir una declaratoria local sobre una práctica que también tiene relevancia nacional e internacional. La determinación de los ministros, validó el inciso f del artículo 30, fracción I, de la Ley de Cultura y Derechos Culturales del Estado de Hidalgo, reafirmando que las entidades federativas tienen plena libertad para salvaguardar sus expresiones más profundas.
PATRIMONIO MATERIAL VERSUS INMATERIAL: LA CLAVE JURÍDICA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación realizó una distinción técnica, fundamental basada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Mientras que el patrimonio material, como zonas arqueológicas o monumentos históricos, es competencia exclusiva de la Federación, el patrimonio inmaterial se rige por un esquema de facultades concurrentes. Esto significa que, tanto la Federación como los Estados y Municipios, deben trabajar de forma coordinada. La Corte subrayó que no existe un monopolio federal sobre las prácticas, expresiones y saberes que las comunidades viven en su cotidianidad.
IDENTIDAD LOCAL Y AUTONOMÍA
Uno de los puntos más relevantes de la sentencia, es el reconocimiento de que las comunidades y autoridades locales, son las mejor posicionadas para identificar su patrimonio. Al ser quienes viven y transmiten estas tradiciones, tienen el derecho legítimo de reconocerlas como propias en sus legislaciones locales. El tribunal precisó que, aunque la Charrería es un símbolo nacional, esto no impide que un estado como Hidalgo la asuma como un pilar de su identidad específica. Se comparó este fenómeno con el maíz o ciertas festividades: pueden pertenecer a toda la nación y, simultáneamente, ser una manifestación profundamente arraigada en una región que merece protección local.
IMPACTO DE LA RESOLUCIÓN
Con esta decisión, la Corte reafirma que las legislaturas estatales pueden actuar, siempre que respeten las bases de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales. La validación de esta norma, asegura que Hidalgo pueda seguir implementando políticas de salvaguardia y promoción de la charrería, sin temor a invasiones competenciales.
Histats.com © 2005-201
Comentarios